viernes, 9 de mayo de 2014

Recurso contencioso-administrativo de FEP-USO

FEP-USO Toledo, ha interpuesto un recurso contencioso-administrativo contra la Consejería de Presidencia y Administraciones Públicas, Dirección General de Función Pública, por el nombramiento de D. Diego Gómez Osuna, Inspector de la Policía Nacional, como Director de los Servicios de Emergencia y Protección Civil de la Dirección General de Protección Ciudadana, nombramiento que conculca abiertamente lo prevenido en la Ley, pues dicha persona carece de los requisitos básicos de titulación –licenciatura universitaria o diplomatura universitaria para convalidación por los sistemas internos especiales de que disponen los funcionarios de los Cuerpos de Seguridad del Estado en convenio con el Ministerio de Educación- para ocupar el puesto de referencia.

En efecto, tras infructuosas conversaciones y solicitudes de información y rectificación con la Dirección General de Función Pública, tras una ominosa cortina de silencio cómplice de los responsables de Función Pública –políticos y altos funcionarios- y habida cuenta de que está confirmada la falta de requisitos esenciales de la persona nombrada para ocupar un puesto directivo reservado a funcionarios, USO, a través de su Delegado en la Junta de Personal de los SSCC de  Toledo, ha demandado del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Toledo la anulación del nombramiento citado y la devolución de los haberes indebidamente percibidos, por constituir un ilícito afectado de nulidad radical, al no haberse, deliberadamente, tenido en cuenta los requisitos básicos y esenciales que dispone la Ley para sustanciar la decisión que se recurre. El nombramiento avalado por el Sr. Consejero, Leandro Esteban Villamor, infringe la Ley de Empleo Público de Castilla La Mancha, la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, Ley Estatal a la que están sujetas todas las Administraciones de cualquier ámbito o nivel y los principios constitucionales de mérito, igualdad y capacidad.

Dado que dichos comportamientos antijurídicos de la Dirección General de Función Pública, con el entusiasta y decidido apoyo y aquiescencia del Sr. Consejero de Presidencia, ¡jurista de profesión!, se están convirtiendo ya en una costumbre, con olímpico desprecio a las normas y procedimientos legales que deben regir el funcionamiento de la Administración, el sindicato USO manifiesta que, con independencia de las actuaciones de otras fuerzas sindicales que parecen tener otros intereses y prioridades, estará siempre frente a cualquier atropello legal o desprecio a las normas de aquellos que tienen el deber inexcusable de su cumplimiento. Ahora, queda en manos de la Justicia una decisión que, a pesar de la evidencia de constituir un fraude de ley con visos de prevaricación, no ha podido resolverse con el diálogo, la razón y la aplicación estricta del Derecho, elementos que, al parecer, en nada se compadecen con las maneras de conducirse de esta Administración Autonómica.

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