martes, 9 de octubre de 2012

La Defensora del Pueblo no recurrirá en el Constitucional la reforma laboral


Fuente: www.eldiario.es, 8 de octubre

La institución se escuda en que otros representantes ya han presentado recurso de inconstitucionalidad.
Los sindicatos no tienen de momento comunicación oficial y critican la actitud de Soledad Becerril.

La Defensora del Pueblo, Soledad Becerril, no promoverá un recurso de inconstitucionalidad contra la reforma laboral como le habían solicitado los sindicatos CCOO y UGT.

Fuentes de esta institución han explicado a Efe que el criterio general aplicado por el Defensor "desde siempre" es no promover recurso de inconstitucionalidad cuando otros representantes legitimados para ello lo hayan hecho previamente. Hoy termina el plazo para recurrir la reforma laboral ante el Tribunal Constitucional, al cumplirse tres meses desde la entrada en vigor de la norma el pasado 8 de julio.
Las mismas fuentes han recordado que el pasado viernes los grupos parlamentarios socialista y la Izquierda Plural (IU, ICV y Cha) registraron un recurso, mientras que el pasado 27 de septiembre lo hizo el Parlamento de Navarra.
Además, en abril el juzgado de lo social número 30 de Madrid elevó una cuestión de inconstitucionalidad por considerar que algunos aspectos relativos al despido vulneraban el principio a la tutela judicial efectiva y el derecho a la igualdad de trato establecidos en la Carta Magna.
Ante esta situación, la oficina del Defensor del Pueblo se inhibe y no presenta su propio recurso "para no entrar en peleas política".
Los sindicatos, que no tienen capacidad de promover por sí mismos este tipo de recurso, reclamaron en abril al Defensor que lo hiciera por considerar que la reforma vulneraba, entre otras cosas, el principio de negociación colectiva y libertad sindical.
UGT y CCOO no han recibido por el momento una comunicación oficial de la institución, por lo que dicen desconocer su argumentación, y denuncian que hayan tenido que enterarse a través de los medios de comunicación. 
"La interposición de recurso por parte de algunos grupos parlamentarios, así como la presentación de cuestión de inconstitucionalidad por parte de algún juzgado de lo social, no puede justificar la inacción de una institución como la del Defensor del Pueblo siendo como es el 'alto comisionado de las Cortes Generales designado por éstas para proteger y defender los derechos fundamentales y las libertades públicas de los ciudadanos' recogidos en la Constitución”.

No hay comentarios:

Publicar un comentario