Se ha aprobado la Ley Orgánica 9/2013 de 20 de diciembre (BOE del 21 de diciembre) de control de la deuda comercial en el sector público, en cuya Disposición Adicional Cuarta viene reflejada la concesión de 4 días por asuntos particulares a los empleados públicos.
Para que entre en vigor en nuestra Comunidad Autónoma hay que esperar a que se publique una Orden de moficiación del horarios en el DOCM, aunque según fuentes sindicales este cuarto día por asuntos particulares podrá disfrutarse ya con efectos de 2013, e incluso más allá del 31 de enero de 2014, aunque para confirmarlo habrá que esperar dicha publicación.
Ley Orgánica 9/2013, de 20 de diciembre, de control de la deuda comercial en el sector público.
Disposición adicional cuarta.
Primero. El apartado k del artículo 48 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, queda con la siguiente redacción:«Por asuntos particulares, cuatro días cada año».Segundo. La limitación que el apartado Tres del artículo 8 del Real Decreto ley 20/2012, de 13 de julio, de medidas para garantizar la estabilidad presupuestaria y de fomento de la competitividad, establece respecto a los convenios, pactos y acuerdos para el personal funcionario y laboral de las Administraciones Públicas y sus Organismos y Entidades, vinculados o dependientes de las mismas, debe entenderse referenciada a la nueva redacción dada al artículo 48 de la Ley 7/2007, de 12 de abril del Estatuto Básico del Empleado Público de conformidad con el apartado primero de esta Disposición.
Y nos venderán la moto de que nos han regalado un moscoso cuando en realidad nos devolvieron uno de todos los que nos han quitado. Que buenos son...
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