martes, 12 de marzo de 2013

La reforma de la Administración local amenaza los servicios sociales


Autor: Jaime Prats, Valencia, 8 de marzo

La medida no aclara con qué recursos se atenderá a las personas más vulnerables. Las autonomías asumirán prestaciones para las que no tienen presupuesto.

En Alaquàs (Valencia, 30.000 habitantes, 4.445 en paro) 13 trabajadores sociales atienden las necesidades del municipio. La responsable del servicio, Consuelo Tomás ya ha echado cuentas de cómo le afectará la nueva Ley de Bases del Régimen Local de aplicarse al pie de la letra el anteproyecto elaborado por Gobierno. Calcula que se quedaría con dos empleados.

La reforma de la Administración local diseñada por el Gobierno —cuyo lema es: una Administración, una competencia— concede la competencia exclusiva de los servicios sociales a las comunidades autónomas. Esta decisión tendrá un impacto directo en las prestaciones municipales, protagonistas de la primera (con frecuencia también segunda y tercera) línea de batalla contra la desigualdad, la exclusión y el desamparo. En un momento en que la dureza y la persistencia de la crisis económica está desbordando la capacidad de respuesta de la red asistencial, la reacción del Ejecutivo de Mariano Rajoy ha sembrado la incertidumbre en el sector: no está claro si las autonomías mantendrán todos los servicios que los municipios tendrán que dejar de asumir, si podrán financiarlos o si acabarán privatizándolos.

La norma reduce el papel de los municipios a la “valoración, evaluación e información de situaciones de necesidad social y la atención inmediata a personas en situación o riesgo de exclusión social”. O lo que es lo mismo: “Una mera oficina de derivación con alguna ayuda de urgencia o de los albergues municipales en su concepto más limitativo de puro asistencialismo a corto plazo”, según afirma la Asociación Estatal de Directoras y Gerentes de Servicios Sociales en un documento que analiza el impacto de la medida.
Lo que dice la legislación

La Ley 7/1985 de Bases de Régimen Local establece en su artículo 25 que el municipio “se hará cargo de la salubridad pública”; la “participación en la gestión de la atención primaria de la salud”; los “cementerios y servicios funerarios”; la “prestación de los servicios sociales y de promoción y reinserción social”.
En materia de educación obliga a los Ayuntamientos a “participar en la programación de la enseñanza y cooperar con la Administración educativa en la creación, construcción y sostenimiento de los centros docentes públicos, así como intervenir en sus órganos de gestión y participar en la vigilancia del cumplimiento de la escolaridad obligatoria”.
Los Ayuntamientos pueden realizar, según el artículo 28 de la ley actual “actividades complementarias relativas a la educación, la promoción de la mujer, la vivienda o la sanidad”.
La reforma pretende suprimir el 28 y modifica el artículo 25 limitando los servicios sociales del municipio a “la evaluación e información de situaciones de necesidad social y atención inmediata a personas en situación o riesgo de exclusión”; “protección de la salubridad pública”; “cementerios y funerarias” y “participar en la vigilancia de la escolaridad obligatoria, así como cooperar con las Administraciones educativas en la obtención de los solares necesarios para la construcción de nuevos centros”.
Y eso, en el mejor de los casos. Solo podrán prestar estos servicios reducidos los municipios con población mayor de 20.000 habitantes, y siempre por delegación de las comunidades autónomas. El resto, quedará en manos de diputaciones o autonomías, con riesgo de que los municipios en el entorno rural pierdan prestaciones.
Sin embargo, la gran mayoría de poblaciones mayores de 20.000 habitantes cuentan con un catálogo de servicios muy superior al paquete básico limitado por la futura ley. Siguiendo con el ejemplo de Alaquàs, esta población del área metropolitana de Valencia tiene un programa de seguimiento de escolares para detectar situaciones de desprotección o un centro de día para 30 enfermos de alzhéimer.
¿Qué sucederá con todo ello? Fuentes de la Secretaría de Estado de Servicios Sociales apuntan que todas las prestaciones que excedan el mínimo delimitado por la ley serán competencia de las comunidades autónomas, a quien correspondería financiarlas “siempre que se consideren necesarias”.
En un momento de asfixia presupuestaria extrema de las comunidades, la pregunta es obvia. ¿Que sucederá si no pagan por estos servicios? Las mismas fuentes remiten al anteproyecto, que abre un plazo de un año para que las administraciones municipales y autonómicas acuerden un plan de financiación basado en una tabla en la que se fijarán los costes de los servicios. “Los ayuntamientos que sigan ofreciendo la prestación y no cobren por ella podrán pasar la factura del coste que les supone al Estado y la Administración central está facultada para cobrarlo a la comunidad con cargo a las transferencias ordinarias”, apuntan desde el Ministerio de Sanidad y Política Social.
Según los últimos datos que maneja el departamento que dirige Ana Mato, a los que ha tenido acceso este periódico, en el ejercicio 2010-2011 las corporaciones locales gestionaron cerca de 1.330 millones de euros en servicios sociales, de los cuales, solo el 6,5% provenían de la Administración General del Estado. El resto lo aportaban las comunidades autónomas (53,4%) y las propias entidades locales (40%). Unos siete millones de personas recurrieron a ellos en 2010, un 20% más que en 2009, debido a la crisis. La partida más importante es la de prestaciones que se conceden a los ciudadanos, sobre todo la ayuda a domicilio, que se lleva el 78,5% de ese capítulo (653 millones de euros).
Esto no puede quedar como está planteado, sería la quiebra del estado autonómico
 Esther Díaz, consejera de Bienestar Social y Vivienda de Asturias

Las asociaciones de trabajadores sociales temen que en la migración de competencias del ámbito municipal al autonómico, haya servicios que se queden por el camino. O se privaticen. Hay apartados de la norma que alimentan este recelo. Las autonomías, recoge la norma, podrán establecer “las medidas que consideren necesarias para la racionalización del servicio”. La exposición de motivos de la ley insiste en la idea de racionalizar las estructuras municipales “de acuerdo con los principios de eficiencia, estabilidad y sostenibilidad financiera, garantizar un control financiero y presupuestario más riguroso y favorecer la iniciativa económica privada evitando intervenciones administrativas desproporcionadas”. Esta música le suena a Ana Lima, presidenta del Consejo General del Trabajo Social, a “una puerta abierta a la posibilidad de subrogar servicios y privatizar”.
La Generalitat valenciana no ha querido hacer manifestaciones sobre las consecuencias de la norma: “Preferimos pronunciarnos cuando sea firme”. Otras autonomías sí lo han hecho. Como Asturias, por boca de su consejera de Bienestar Social, Esther Díaz: “Esto no puede quedar como está planteado, sería la quiebra del estado autonómico”. Para Díaz “toda competencia debería llegar fruto de una negociación previa e ir aparejada de una suficiencia económica”. También desde los municipios han clamado contra la iniciativa: “Al final acabaremos financiándola nosotros”, señala Abel Caballero, vicepresidente de la Federación Española de Municipios y Provincias. “Y no tenemos garantías de que se seguirán ofreciendo las prestaciones que nosotros damos en la actualidad”.
Los problemas entre Ayuntamientos y comunidades no se han hecho esperar a la aprobación de la ley. El Ayuntamiento de Torrejón de Arzoz y la Comunidad (ambos del PP) ya han chocado por un problema de competencias a cuenta del servicio de teleasistencia, cuyo servicio se ha restringido. Y la redacción de la ley no ha hecho más que empezar.

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