El Comité de Empresa de RTVCM informa en su página web de que el Ente Público ha sido sancionado con una infracción grave por la Inspección de Trabajo y Seguridad Social de Toledo "por vulnerar los derechos de información de la representación sindical" al negarles "no solo la información a la que de manera periódica y por propia iniciativa y por Ley está obligada", sino a la que el Comité de Empresa le ha petido "en reiteradas ocasiones", así como a la propia de "los requerimientos de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social", tal y como se detalla en el acta de la Inspección, reproducida por el Comité de Empresa.
"De nuevo la Inspección de Trabajo y Seguridad Social de Toledo ha procedido a levantar un acta de infracción grave al Ente Público Radio Televisión Castilla-La Mancha, tras la denuncia interpuesta por el Comité de Empresa de CMT, por vulnerar los derechos de información de la representación sindical", aseguran los representantes de los trabajadores en su página web.
"Reiteradamente los representantes legales de los trabajadores han venido demandando a la dirección de la empresa la información a la que legalmente tienen derecho según el Estatuto de los Trabajadores, y del III Convenio Colectivo., información que, como se acreditó en la Inspección, nunca se ha facilitado, tal y como reconoce el acta de infracción grave", añade el Comité de Empresa, que reproduce dicho acta:
"Se verifica que la empresa no ha dado cumplimiento a los deberes de la información que las normas laborales le imponen cuando señalan el derecho del Comité de Empresa a recibir con una periodicidad legalmente marcada y sin necesidad de solicitud previa determinados documentos. Pero no solo no ha informado a la representación legal de los trabajadores de manera periódica y por propia iniciativa en cumplimiento de la Ley, sino que no ha atendido las reiteradas peticiones del Comité de Empresa de obtener la información a la que tenía derecho y tampoco a los requerimientos de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, en la manifestación de una pertinaz voluntad de incumplimiento".
Por todo ello se procede a la extensión de un acta de infracción grave por "la transgresión de los derechos de información, audiencia y consulta de los representantes legales de los trabajadores, infracción tipificada como grave", concluye la Inspección.
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